Estatutos

Artículo 1º.-

Con la denominación de Asociación para el Desarrollo Integrado de Sanabria y Carballeda, La Voz (ADISAC- LA VOZ), se constituye una Asociación  en base al derecho de libre asociación reconocido por la Constitución de 1978, y al amparo de la Ley Orgánica  1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, que se regirá por los presentes Estatutos y otras disposiciones legales vigentes en la materia. 

La Asociación tiene personalidad jurídica propia y capacidad plena de obrar para administrar y disponer de sus bienes y cumplir los fines que se propone, careciendo de ánimo de lucro.

Esta Asociación se constituye por tiempo indefinido.

Artículo 2º.-

El domicilio social de la Asociación se establece en C/ Matadero, nº 7, C.P. 49300de Puebla de Sanabria (Zamora), pudiendo establecer delegaciones en aquellos lugares que se considere convenientes. Este domicilio podrá ser cambiado por decisión de la Asamblea General Ordinaria, cuando sea dentro de la misma localidad (Puebla de Sanabria). Cuando se pretenda trasladarlo a otra localidad deberá aprobarlo la Asamblea General Extraordinaria.

 El ámbito de implantación y actuación de la entidad es provincia de Zamora, principalmente la comarca de SANABRIA Y LA CARBALLEDA sin perjuicio de poder realizar actividades fuera de los límites del ámbito de actuación que se identifiquen con sus problemas y proyectos.

Artículo 3º.-

3.1.-La Asociación tiene los siguientes fines:

  1. Promover el desarrollo rural integral de la comarca, así como la cooperación entre todos sus municipios y asociaciones.
  2. Coordinar las acciones de los agentes económicos, sociales y entidades locales que intervienen en la zona, estableciendo un marco  de integración óptima entre diversas medidas sectoriales  para el desarrollo local.
  3. Promover actuaciones que faciliten la incorporación de las personas al mercado de trabajo.
  4. Promover medidas que faciliten el desarrollo integrado e integral. Sin ánimo de limitar se incluyen:
    • Potenciación del sector agrario, ganadero y forestal y cuidado del Medio Ambiente, temas prioritarios.
    • Apoyo técnico al desarrollo rural.
    • Revalorización de las producciones agro-ganaderas y de los productos naturales propios de la comarca.
    • Formación profesional y ayudas a la contratación para potenciar el capital humano.
    • Atención específica a los servicios sociales.
    • Fomento al Turismo Rural.
    • Cuidado del medioambiente, bajo los principios de un desarrollo sostenible local.
    • Promover y apoyar a las pequeñas empresas, artesanía y servicios locales.
    • Ayuda a los grupos de desarrollo e integración de los mismos en una red supranacional.
    • Ofrecer a todos los sectores de la sociedad rural  información  sobre las políticas y acciones comunitarias de interés en este ámbito, adaptando la información a las necesidades y especificidades de la realidad local.
    • Proporcionar información general sobre la Unión Europea y sus acciones.
  5. Prestación de servicios culturales y socioeconómicos, promoción y potenciación de los ya existentes, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de la población.
  6. Atención a personas en riesgo de exclusión por razones físicas, sociales, económicas o culturales.
  7. Fomentar la participación de la mujer en todos los ámbitos: político, social, laboral, cultural y económico.
  8. Protección a la infancia y medidas de promoción de los jóvenes, para que el cambio generacional posibilite el asentamiento de la población.
  9. Fomentar la economía social y la cooperación con países en vías de desarrollo.
  10. Defensa de los derechos humanos de cualquier persona, sin tener en cuenta  sus circunstancias personales, ideológicas, culturales o religiosas.
  11. Fomentar el voluntariado social.
  12. Cualquier otra actividad lícita que acuerde emprender la Asamblea General.

3.2.- Para el cumplimiento de estos fines se realizarán las siguientes actividades:

  • Información, asesoramiento y coordinación integral a personas físicas y jurídicas, asociaciones,  pequeñas y medianas empresas, entidades privadas y organismos públicos.
  • Educación, información, formación, animación, dinamización de niños/as, mujeres, jóvenes, personas mayores, inmigrantes, y otros colectivos y/o personas en situación de exclusión social; siempre dentro de las directrices marcadas para el cumplimiento de los objetivos de esta Asociación.
  • Diseño, estructura y desarrollo de planes y programas integrales de intervención para el medio rural.
  • Promoción del territorio que comprende el ámbito de la asociación participando, en la elaboración y/o ejecución de las distintas actuaciones para la consecución de este fin.
  • Desarrollo sostenible y conservación de la biodiversidad.
  • Asentamiento de la población y repoblación humana.
  • Diseño de actividades agrícolas y agropecuarias innovadoras  para el desarrollo de la Comarca.
  • Apoyo a la manufactura y comercialización de productos y servicios  de tradición  del territorio.
  • Actuaciones que valoricen las artesanías y los elementos patrimoniales del territorio: arquitectónicos, naturales, paisajísticos, etc.
  • Desarrollo de actividades lúdicas y de animación para el ocio y el tiempo libre dirigidas a la población en general.
  • Organización, diseño y difusión de publicaciones  derivadas o no de encuentros, debates,  jornadas, valores intrínsecos del territorio,  etc…
  • Desarrollo de actuaciones en nuevas tecnologías relacionadas con la información, formación y producción y su aplicación en los distintos sectores de la población.
  • Cooperación entre asociaciones, empresas y administraciones  a nivel comarcal, provincial, regional, nacional y trasnacional.
  • programas de sensibilización, captación, formación, apoyo y coordinación de voluntarios sociales.

3.3.-  Los beneficios obtenidos por la asociación, derivados del ejercicio de actividades económicas, incluidas las prestaciones de servicios, deberán destinarse exclusivamente, al cumplimiento de sus fines, sin que quepa en ningún caso su reparto entre los asociados ni entre sus cónyuges o personas que convivan con aquellos con análoga relación de afectividad, ni entre sus parientes, ni su cesión gratuita a personas físicas o jurídicas  con interés lucrativo.